a. Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.
b. Tener la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de un Estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
c. Estar en posesión del título de graduado escolar, graduado en educación secundaria, FP I u otros equivalentes.
d. Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas y reunir los requisitos necesarios para poder portar y utilizar armas de fuego.
e. Carecer de antecedente penales.
f. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
g. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, en materia de seguridad.
Para qué te prepara
Desempeñar las funciones como Vigilante de Seguridad
FUNCIONES Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las
siguientes funciones:
Ejercer la vigilancia y protección de bienes e inmuebles, así como la
protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de
inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la
documentación personal.
Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con
el objeto de su protección.
Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de
protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los
delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquellos.
Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y
transporte de dinero, valores y objetos valiosos.
Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de
alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se
produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.
Deberán seguir las instrucciones que, en el ejercicio de sus competencias,
impartan los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre
que se refieran a las personas y bienes de cuya protección y vigilancia
estuviesen encargados los vigilantes, colaborando con aquellos en caso de
suspensión de espectáculos, desalojo o cierre provisional de locales y, en
general, dentro de los locales o establecimientos en que presten su
servicio, en cualquier situación en que sea preciso para el mantenimiento
y restablecimiento de la seguridad ciudadana.
MÓDULO
O ÁREA JURÍDICA:
TEMA 1.- La Constitución Española: derechos fundamentales relacionados
con la vida, la integridad, la libertad y la seguridad de personas.
Especial referencia a lo que las leyes y jurisprudencia establecen a
cacheos y registros.
Derecho Penal
TEMA 2.- La infracción penal: Definición y breve descripción de sus
notas constitutivas. Dolo o imprudencia. Delitos y faltas.
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. El uso de
instrumentos de defensa (incluidas armas de fuego) dentro de la
legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable, cumplimiento
de un deber o ejercicio de un derecho, oficio o largo.
TEMA 3.- Las personas criminalmente responsables de los delitos y las
faltas.
TEMA 4.- Homicidio y sus formas. Lesiones.
TEMA 5.- Delitos contra las libertades: detenciones ilegales,
secuestros, amenazas y coacciones.
TEMA 6.- Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: Robo,
hurto, daños, receptación y otras conductas afines.
TEMA 7.- Delitos de falsedades documentales.
TEMA 8.- Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos
fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la
constitución.
TEMA 9.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la imagen y la
inviolabilidad del domicilio: Domicilio de personas jurídicas y
establecimientos abiertos al público. Omisión del deber de socorro.
Derecho Procesal Penal
TEMA 10.- La Denuncia. Concepto. La obligación de denunciar: con
respecto a los delitos de carácter público. con respecto a los delitos
de carácter no público.
TEMA 11.- La detención. Facultades atribuidas a este respecto por
nuestro ordenamiento jurídico a las personas no revestidas de los
atributos de agente de policía judicial.
TEMA 12.- Los vigilantes de seguridad y escoltas privados como
auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el campo de la
persecución de las infracciones penales: Pautas de actuación. Especial
referencia a su labor en la preservación de instrumentos de prueba.
TEMA 13.- Los derechos del detenido según nuestro ordenamiento
jurídico y su tramitación por parte del sujeto activo de la detención.
Derecho Administrativo Especial
TEMA 14.- Autoridades competentes en materia de seguridad. Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, de las Comunidades Autónomas, y de
las Corporaciones Locales. Descripción elemental de su estructura y
competencias. Normativa reguladora de la policía estatal y de las
policías autonómicas.
TEMA 15.- Ley de Seguridad Privada. Notas características. Servicios y
actividades autorizados a las empresas de seguridad. Ley Orgánica
1/1992: aspectos penales y administrativos de la tenencia y consumo
ilícito de drogas.
TEMA 16.- Personal de seguridad privada: Clasificación, requisitos y
procedimiento de habilitación. Funciones de los vigilantes de
seguridad y escoltas privados. Uniformidad, distintivos y armamento.
Régimen sancionador.
Derecho Laboral
TEMA 17.- Concepto de contrato laboral. Concepto de derecho de
negociación
colectiva. Derecho de huelga según el ordenamiento jurídico español.
TEMA 18.- El convenio colectivo en el sector de seguridad Privada.
Práctica Jurídica
TEMA 19.- Confección de documentos y escritos. Redacción de informes y
partes diarios: Contenido. Redacción de informes de incidencias.
Contenido y
puntos esenciales de la misma.
MÓDULO O ÁREA SOCIOPROFESIONAL.
TEMA 1.- La seguridad. Nociones generales. El sistema integral de
seguridad. Teoría esférica de la seguridad. Zonas y áreas de seguridad.
TEMA 2.- Los medios técnicos de protección (I). Elementos pasivos: La
seguridad física. Sistemas de cierre perimetral. Muros, vallas,
puertas, cristales blindados, esclusas y otros elementos. Fiabilidad y
vulnerabilidad al sabotaje.
TEMA 3.- Los medios técnicos de protección (II). Elementos activos:
Seguridad electrónica. Detectores de interiores y exteriores. El
circuito cerrado de televisión. Fiabilidad y vulnerabilidad al
sabotaje.
TEMA 4.- La central de control de alarmas. Organización y funciones.
Los sistemas de control y alarmas. Procedimiento de reacción ante
alarmas: El enlace con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
TEMA 5.- La detección. La procedencia del cacheo y del esposamiento:
Supuestos: La conducción y custodia del detenido.
TEMA 6.- La autoprotección. Técnicas y procedimiento de utoprotección
personal: En el trabajo, en el domicilio, en los desplazamientos, en
otros lugares.
TEMA 7.- La protección de edificios: En domicilios, establecimientos,
grandes superficies y centros de concentración de masa por
espectáculos públicos.
TEMA 8.- El control de accesos. Finalidad. Organización: Medios
Humanos y materiales. Procedimiento de actuación: Identificación,
autorización, tarjeta acreditativa y registro documental de acceso.
TEMA 9.- La protección de polígonos industriales y urbanizaciones.
Características de estas zonas. Rondas de vigilancia a pie y en
vehículo. Recorridos y frecuencias. Procedimientos de actuación:
Identificación de personas.
TEMA 10.- La protección de fondos, valores y objetos valiosos (I). El
transporte de estos materiales: Características de los medios humanos
y materiales. Medidas de seguridad antes, durante y después del
servicio. Técnicas de protección. Ofensivas y defensivas.
TEMA 11.- La protección de fondos, valores y objetos valiosos (II).
Protección del almacenamiento. Recuento y clasificación. Medios
técnicos empleados en cámaras acorazadas.
TEMA 12.- La protección de pruebas e indicios. Procedimiento de
protección. La recogida de pruebas e indicios con carácter excepcional.
TEMA 13.- La falsificación de documentos y moneda. La falsificación de
documentos: Documento Nacional de Identidad, pasaporte, carnet de
conducir. La falsificación de monedas: Billetes de Banco y monedas.
TEMA 14.- La protección ante artefactos explosivos. Actuación ante
amenaza de colocación de un artefacto explosivo. Planes de emergencia
y evacuación. Concepto. Clases. El control de personal y objetos:
Paquetería y correspondencia. Control y requisa de vehículos.
colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
MÓDULO O ÁREA INSTRUMENTAL.
TEMA 1.- Los sistemas de comunicación (I). Las telecomunicaciones. Los
radioteléfonos. El teléfono. El telefax.
TEMA 2.- Los sistemas de comunicación (II). La informática. Concepto.
Aplicaciones. Sistemas autónomos y conexión en red.
TEMA 3.- Medios de detección. La utilización de detectores en metales,
explosivos y elementos radioactivos. Manejo y precauciones.
TEMA 4.- La protección contra incendios. Sistemas de detección:
Detectores y avisadores. Mecanismo de extinción de incendios. Agentes
extintores. Mangueras. Extintores. Prácticas de manejo de mangueras y
extintores.
TEMA 5.- Técnicas de primeros auxilios (I). Concepto. Contenido de las
técnicas. Limitaciones. Concepto de urgencia. Orden de prioridad para
la asistencia. El control de hemorragia. Técnica de respiración
artificial y reanimación cardiovascular.
TEMA 6.- Técnicas de primeros auxilios (II). El traslado de heridos: A
pie, en camilla, en vehículos. Primeras actuaciones en caso de
accidente con traumatismos: Craneoencefálico, torácicos, abdominales,
de columna vertebral, fracturas y luxaciones.
TEMA 7.- La preparación física. Entrenamiento para superar las pruebas
de flexión de brazos en suspensión pura (hombres), levantamiento de
balón medicinal (mujeres), velocidad (50 metros), salto vertical y
resistencia general
TEMA 8.- La defensa persona (I). Fundamentos. Posiciones
fundamentales de defensa, ataque y desplazamientos. Técnicas de
bloqueo y percusión. Técnicas de luxación: muñeca, codo y hombro.
TEMA 9.- La defensa personal (II). Defensa contra los ataques a
órganos de frente, espalda y brazos. Las estrangulaciones. Defensa
contra ataques de puño y pierna.
TEMA 10.- La defensa personal (III). Defensa contra arma blanca y arma
de fuego. Reducciones. Cacheos y esposamientos.
TEMA 11.- Técnicas de empleo de la defensa. Características de la
defensa. Casuística de su utilización.
TEMA 12.- Armamento. Armas reglamentarias para su utilización por el
vigilante de seguridad. Estudio de las armas reglamentarias.
Cartuchería y munición. Conservación y limpieza. Su tratamiento en el
Reglamento de Armas.
TEMA 13.- Normas de seguridad en el manejo de armas. Generales y
específicas. El principio de proporcionalidad.
TEMA 14.- Tiro de instrucción. Prácticas de fuego real con las armas
reglamentarias.
REQUISITOS a. Ser mayor de edad y no
haber cumplido los cincuenta y cinco años.
b. Tener la
nacionalidad de un país de la Unión Europea o de un Estado parte en el
acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
c. Estar en
posesión del título de graduado escolar, graduado en educación secundaria,
FP I u otros equivalentes.
d. Poseer la aptitud física y la
capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de
vigilante de seguridad sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de
las mismas y reunir los requisitos necesarios para poder portar y utilizar
armas de fuego.
e. Carecer de antecedente penales.
f.
No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de
protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la
propia imagen.
g. No haber sido sancionado en los dos o
cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, en materia de
seguridad.
h. No haber sido separado del servicio en las
Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
i.
No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o
actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su
personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en
los dos años anteriores a la solicitud.
j. Poseer
diploma acreditativo de haber superado el curso o cursos de vigilante de
seguridad expedido por un centro de formación de seguridad privada
autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad.
COMPETENCIAS
DE ACTUACIÓN ACCESO A INMUEBLES Y ACTUACIONES EN EL
EXTERIOR
En los controles de acceso o en el interior de los inmuebles de cuya
vigilancia y seguridad estuvieran encargados, los vigilantes de
seguridad podrán realizar controles de identidad de las personas y, si
procede, impedir su entrada sin retener la documentación personal.
Además, en su caso, tomarán nota del nombre, apellidos y número del
Documento Nacional de Identidad o documento equivalente de la persona
identificada, objeto de la visita y lugar del inmueble a que se
dirige, dotándola, cuando así se determine en las instrucciones de
seguridad propias del inmueble, de una credencial que le permita el
acceso y circulación interior, debiendo retirarla al finalizar la
visita.
Los vigilantes sólo podrán desempeñar sus funciones en el interior de los
edificios o de los inmuebles de cuya vigilancia y seguridad estuvieran
encargados, salvo en los siguientes casos:
El transporte y distribución de monedas y billetes, títulos-valores y
demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen o
por su peligrosidad, puedan requerir protección especial.
La manipulación o utilización de bienes, maquinaria o equipos valiosos
que hayan de tener lugar en las vías públicas o de uso común,
cuandTales operaciones, bienes Tener lugar en las vías públicas o de
uso común, cuandTales operaciones, bienes o equipos hayan de ser
protegidos por vigilantes de seguridad, desde el espacio exterior
inmediatamente circundante.
Los servicios de respuesta de alarmas y de respuesta a las mismas.
Las situaciones en que ello viniera exigido por razones humanitarias
relacionadas con dichas personas o bienes.
La retirada y reposición de fondos en cajeros automáticos, así como la
prestación de servicios de vigilancia y protección de los cajeros
durante las citadas operaciones, o en las de reparación de averías,
fuera de las horas habituales de horario al público en las respectivas
oficinas.
Los desplazamientos excepcionales al exterior de los inmuebles objeto
de protección para la realización de actividades directamente
relacionadas con las funciones de vigilancia y seguridad, teniendo en
cuenta, en su caso, las instrucciones de los órganos competentes de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Las limitaciones previstas en el apartado precedente no serán aplicables a
los servicios de vigilancia y protección de seguridad privada de los
medios de transporte y de sus infraestructuras que tengan vías específicas
y exclusivas de circulación, coordinados cuando proceda con los servicios
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.