La ley 23.774 de abril de 1990 incorpora al derecho positivo argentino un instituto propio de los Estados Unidos de América el writ of certiorari, mediante la nueva redacción del art.
280 del CPCN, según el mismo cuando la Corte Suprema de Justicia conociera por Recurso Extraordinario, la recepción de la causa importara el llamamiento de autos, la Corte según su sana discreción y con la sola invocación de esta norma ?podrá: Rechazar el recurso extraordinario por 1) Falta de agravio federal suficiente 2) porque las cuestiones planteadas resultan insustanciales 3) Ser carentes de trascendencia.
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